Novedades en el etiquetado de envases a partir de 1/1/25

Nueva normativa para el etiquetado de envases en España

La nueva normativa entra en vigor el 1 de enero de 2025

El Real Decreto 1055/2022 sobre envases y residuos de envases, en su artículo 13 establece nuevas obligaciones de marcado e información. Dichas obligaciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2025 y para que no te coja desprevenido/a, te las vamos a contar aquí.

El artículo trata sobre el marcado y la información que deben ir sobre el envase, sobre el residuo del envase y/o en la misma etiqueta, que sea visible y legible incluso tras abrir el envase. El objetivo es el de mejorar la sostenibilidad y facilitar el reciclaje, en repuesta a la normativa europea, que persigue garantizar estándares de calidad y seguridad en envases utilizados para productos alimenticios en la Unión Europea.

Lo más destacable es la obligatoriedad de usar símbolos y códigos que identifiquen los materiales de todos los envases y su clasificación/forma de reciclaje. Estos símbolos facilitarán el reciclaje de todos los materiales que participan en un envase-embalaje, con información clara y accesible para todo el público, tanto consumidores como gestores de residuos.

Menciones obligatorias

Todos los productos que se comercialicen a partir del 1 de enero de 2025, deberán llevar  indicado en el envase o la etiqueta, las siguientes menciones:

  • El contenedor en el que deben depositarse y si están compuestos por diferentes materiales que puedan separarse, indicar el contenedor de cada uno.

Tipo de logos en español:


  • Si es reutilizable o no: mediante el símbolo del sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR).
  • Certificación en caso de envases de plástico compostable (norma UNE EN 13432: 2001).
  • Si es compostable llevará la indicación «no abandonar en el entorno»
  • Los envases y productos de plástico de un sólo uso, como compresas, tampones, Toallitas húmedas, filtros de tabaco, o vasos para bebidas tendrán que ir marcados según las especificaciones del Reglamento 2020/2151.  
  • Información sobre sustancias peligrosas: informar de forma detallada sobre la composición de los envases y la presencia de sustancias peligrosas.

La formulación de Misión y Visión de una empresa es muy importante, porque enmarcan el foco, su intención, hacia donde se dirige. Y lo que más caracteriza a nuestro foco, en resumen, es aportar transparencia, rentabilidad y sostenibilidad a nuestros clientes.

Menciones facultativas

Las menciones no obligatorias están en vigor desde el 29/12/2022, y se refieren a:

  • Material del envase (numeración o abreviaturas de la Decisión 97/129/CE)
  • Símbolo acreditativo del Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP)
  • Símbolo del punto verde.
  • Porcentaje de material reciclado del envase, incluidos sus componentes.

Menciones prohibidas

La mención prohibida está en vigor también desde el 29/12/2022 y prohíbe el marcado de los envases como «respetuoso con el medio ambiente», o cualquier otro marcado equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.

Fuentes: 
Elika
Ecoembes
BOE

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